El principal estatuto que regula las comunidades de propietarios es la Ley de Propiedad Horizontal. En él se recoge, con carácter general, todo lo relativo a la comunidad de propietarios: sus estatutos y conducta, designación de cargos, asociaciones comunitarias, participación en el sistema de cuotas y aportaciones de los vecinos a las cuotas de comunidad, etc.
Al ser una Ley, si tienes algún problema en tu comunidad, siempre puedes contratar un abogado en Madrid o bien un abogado en Barcelona.
Normativas relacionadas con las comunidades de vecinos
Los propietarios de viviendas ubicadas en un mismo edificio son supervisados para garantizar una convivencia lo más pacífica posible. A continuación te explicamos cuáles son las normas, derechos y obligaciones de las comunidades de propietarios y te contamos todo lo que necesitas saber sobre su funcionamiento.
¿Qué ley regula las comunidades de vecinos?
¿Cuáles son los estatutos de una comunidad?
Un código de comunidad es un documento que refleja los derechos y obligaciones de los vecinos como propietarios de una comunidad. Su contenido puede variar según las características de la respectiva comunidad, pero en general regula el uso de las áreas comunes, cambios en los elementos arquitectónicos de los edificios, cuotas pagadas a la comunidad, etc.
Una comunidad de propietarios no necesariamente tiene que tener un reglamento, pero es mejor tener un reglamento para que, en caso de cualquier conflicto, haya un reglamento específico que se debe seguir.
Derechos y obligaciones de los propietarios
El propietario de la comunidad tendrá los siguientes derechos:
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Participar activamente en juntas y juntas para decidir asuntos que afecten a la comunidad de propietarios.
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Libertad para usar y disfrutar de la comunidad que comparte con otros vecinos, obrar lícitamente, respetar las normas y no vulnerar los derechos de los demás propietarios.
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Haz todas las modificaciones que creas convenientes en casa, siempre que no perjudiquen a otros propietarios. El presidente o administrador de la comunidad debe ser notificado de los cambios anteriores.
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La comunidad se compromete a realizar obras de renovación no esenciales, y los propietarios que no estén de acuerdo pueden negarse a pagar el costo de la renovación por más de tres meses, y la comunidad no podrá tocar su cuota.
Por otro lado, los propietarios tendrán las siguientes obligaciones:
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Mantener las áreas comunes de su propia casa y propiedad en buenas condiciones.
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No realizar ninguna actividad que provoque ruido dentro del plazo exigido por la normativa.
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De acuerdo con su coeficiente de participación, las cuotas relacionadas con el mantenimiento de la comunidad se pagan en tiempo y forma.
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No acapara las zonas comunes ni impide su uso a otros propietarios.
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Proteger la propiedad de manera estructural, accesible, habitable y segura. Para ello, las comunidades de vecinos tendrán que hacer las obras necesarias.
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Si la mayoría acuerda realizar la obra que suponga las necesarias mejoras del edificio, aquellos propietarios que se demoren indebidamente en la ejecución de la obra tendrán que responder individualmente de las sanciones administrativas que se les impongan.
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El propietario debe permitir que el operador y el personal autorizado entren y vivan para hacer las reparaciones necesarias en las partes comunes y dar un buen mantenimiento al edificio.
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Cuando se cambia de propietario, se debe notificar al Secretario de la Comunidad y proporcionar la información necesaria sobre el nuevo propietario.
Administrador de fincas: ¿quién se encarga de ejercer el puesto?
En función del artículo 13.6 de la Ley de Propiedad Horizontal, puedes ser administrador de fincas en la comunidad de propietarios
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Cualquier propietario.
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Persona física con la cualificación profesional suficiente y el reconocimiento legal para desempeñar las funciones de administrador de fincas.
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Las sociedades y demás personas jurídicas, en las condiciones que establezca el ordenamiento jurídico.
¿Quién es el presidente de la comunidad y cómo se elige?
El presidente de la comunidad debe ser un propietario del edificio. Debe ser una persona mayor de edad y capaz de utilizar toda su inteligencia.
Aunque no resida en el inmueble, deberá ejercer su cargo gratuitamente y no podrá delegar su cargo, funciones y responsabilidades en copropietarios. Los vecinos que infrinjan la ley también pueden ser presidentes de la comunidad.
En cuanto a la elección del Presidente, éste es designado de entre los propietarios por elección o por afiliación, por rotación o por sorteo.