Es un acuerdo entre las parejas de hecho, que permitirá acordar los aspectos relativos a la convivencia y su posterior finalización, como:
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las tareas domésticas
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gastos económicos, obligaciones, deudas
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hijos y otras personas que convivan con la pareja
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el patrimonio de los que conviven
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la vivienda habitual, mobiliario
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pensiones, indemnizaciones, derechos de Seguridad Social
Los acuerdos a los que llegues en este documento, no deben ser especialmente perjudiciales para ninguno de los firmantes. Se considerarán válidos siempre que no vayan contra la legislación existente (en algunas CCAA). Si quieres saber más sobre las especialidades de cada Comunidad Autónoma, pregunta a un abogado.
Es muy importante que firmes un acuerdo de estas características con tu pareja, ya que no existe una regulación para este tipo de convivencia ni paras sus efectos económicos ni patrimoniales.