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Prestación de servicios

Contrata los servicios de un profesional

El objetivo de este contrato de prestación de servicios es que un profesional realice unos servicios para ti o tu empresa, sobre todo servicios intelectuales o manuales, propios de las profesiones liberales, por ejemplo: abogados, médicos, auditores, traductores, artistas, etc.

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En el contrato de prestación de servicios, el prestatario es contratado sólo para hacer una actividad, sin embargo en otros contratos parecidos como el contrato de ejecución de obra, se contrata a alguien para que consiga un resultado final.

Es muy importante diferenciar entre el contrato de trabajo y el contrato de prestación de servicios, que tiene naturaleza mercantil.  Además de crear este contrato mercantil, si quieres evitar que la relación sea declarada como laboral por los tribunales, debes tener en cuenta lo siguiente:

  • en el caso de un profesional autónomo, se permite la utilización de un colaborador o sustituto (al contrario que en las relaciones laborales, en las que el carácter es personalísimo)
  • los profesionales autónomos no están sometidos a un horario fijo y estricto, y no tienen porque desarrollar los servicios en los establecimientos de la empresa que lo contrata. Además, deben prestar sus servicios con medios materiales y una organización propios.
  • los autónomos tienen autonomía e independencia a la hora de prestar sus servicios, no deben recibir ordenes directas del cliente.
  • los profesionales autónomos deben estar dados de alta en el RETA (Régimen Especial de trabajadores Autónomos de la Seguridad social), mientras que los trabajadores lo están en el Régimen General.

 

La duración del contrato de arrendamiento de servicios será la que las partes acuerden, en función del tipo de servicios que se presten, y puede ser prorrogado si cliente y profesional están de acuerdo.

Llegado el vencimiento del plazo inicial o de cualquiera de las prórrogas, si alguna de las partes decidiera dar por finalizado el contrato, deberá comunicar su intención a la otra parte con la antelación que se pacte.

El prestador tiene como obligación principal normalmente la prestación del servicio al que se ha comprometido él mismo, sin delegar en otros. Seguramente como cliente que contratas sus servicios tengas en cuenta no sólo los servicios que quieres, sino también quién quieres que los haga, por lo que es recomendable establecer una cláusula en el contrato para asegurarte de que así sea.

El contrato se extingue:

  • por voluntad del cliente o parte prestataria, cuando medie incumplimiento grave de las obligaciones pactadas
  • por acuerdo de ambos, por escrito
  • por extinción de la personalidad jurídica de cualquiera de ambos o la suspensión de pagos, quiebra, concurso o embargo de bienes de alguna de ellas a menos que se garantice de cualquier forma la deuda
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