Utiliza este documento si quieres asegurarte de que la fundación tiene unos estatutos que organicen y regulen, tanto el régimen interno de la misma, los derechos y obligaciones de sus miembros, como sus relaciones con personas ajenas a la fundación. En definitiva que regulen el día a día de la fundación.
Más información sobre los Estatutos de fundación
¿Cuándo usar?
Utiliza estos estatutos:
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Si quieres constituir una fundación
- Si quieres modificar los estatutos de una fundación
¿Qué cubre?
Este modelo de estatutos contiene:
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La denominación
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El domicilio, así como el ámbito territorial en que haya de realizar principalmente sus actividades
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La duración
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Los fines y actividades de la fundación
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Las colectividades de personas a las que va dirigida
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Los órganos de gobierno
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El régimen de administración, contabilidad y documentación
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El patrimonio inicial y los recursos económicos de los que se podrá hacer uso
- Causas de disolución
¿Qué son los Estatutos de la fundación?
Los estatutos son las normas que organizan y regulan el régimen interno de la fundación. Toda fundación debe tener unos estatutos en los que se recojan las normas la rigen.
¿Qué cláusulas deben incluirse en los Estatutos de la fundación?
Los estatutos deben tener un contenido mínimo y aparte pueden incluir otras normas de carácter voluntario. Respecto al contenido mínimo, es obligatorio que hagan referencia a la denominación de la entidad, los fines fundacionales, el domicilio y ámbito territorial en el que vaya a desarrollar principalmente sus actividades, las reglas básicas para la aplicación de los recursos al cumplimiento de los fines fundacionales y para la determinación de los beneficiarios y la composición del Patronato, las reglas para la designación y sustitución de sus miembros, las causas de su cese, sus atribuciones y la forma de deliberar y adoptar acuerdos.
¿Por qué necesitas unos estatutos de fundación?
Cuando vas a constituir una fundación, es requisito indispensable para que dicha fundación adquiera personalidad jurídica mediante su inscripción en el registro de fundaciones (autonómico o estatal según el ámbito de actuación) que los estatutos sociales figuren en el acta fundacional. Dado que los estatutos son la norma rectora de la estructura y funcionamiento de la fundación, en la redacción de su clausulado se deben observar unas ciertas reglas. En este modelo encontrarás todo lo necesario para la regulación de la fundación.
¿Cómo debe ser la denominación?
La denominación de la fundación, no podrá coincidir o asemejarse, de manera que pueda crear confusión, con ninguna otra previamente inscrita en los Registros de fundaciones. Además, cuando vayas a elegir el nombre de la fundación debes tener en cuenta lo siguiente:
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No podrán incluirse términos o expresiones que resulten contrarios a las Leyes o que puedan vulnerar los derechos fundamentales de las personas
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No podrá formarse exclusivamente con el nombre de España, de las Comunidades Autónomas o de las Entidades Locales, ni utilizar el nombre de organismos oficiales o públicos, tanto nacionales como internacionales, salvo que se trate del propio de las entidades fundadoras
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La utilización del nombre o seudónimo de una persona física o de la denominación o acrónimo de una persona jurídica distintos del fundador deberá contar con su consentimiento expreso, o, en caso de ser incapaz, con el de su representante legal
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No podrán adoptarse denominaciones que hagan referencia a actividades que no se correspondan con los fines fundacionales, o induzcan a error o confusión respecto de la naturaleza o actividad de la fundación
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Se observarán las prohibiciones y reservas de denominación previstas en la legislación vigente
- La denominación propuesta no podrá coincidir o asemejarse con la de una entidad preexistente inscrita en otro Registro público, o con una denominación protegida o reservada a otras entidades públicas o privadas por su legislación específica
¿Se pueden modificar los estatutos de una fundación?
Salvo prohibición expresa del fundador, el Patronato podrá acordar la modificación de los estatutos de la fundación siempre que resulte conveniente en interés de la misma.
Más asesoramiento
Pregunta a un abogado si quieres crear una fundación del sector público
También puedes consultar nuestra Guía Rápida Fundación sin ánimo de lucro.