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El derecho al olvido

Solicita la supresión y borrado de tus datos personales

Solicita la supresión de tus datos personales sin que el responsable que los tenga, pueda demorarse en el tiempo.

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También denominado derecho de supresión, consiste en la posibilidad que tienes de solicitar al responsable que esté tratando tus datos que los borre de manera rápida.

Para ello, deben cumplirse una serie de circunstancias:

  • que tus datos ya no sean necesarios para la finalidad para la que los recogieron o se traten de otro modo

  • que retires tu consentimiento

  • que te opongas al tratamiento de tus datos personales y no hayan motivos para mantenerlo

  • que los datos se hayan tratado ilícitamente

  • que los datos deben suprimirse por una obligación legal

  • que los datos sean de un menor

Este derecho, en definitiva, es la consecuencia del derecho a borrar tus datos personales, y es una especie de modalidad diferente de los derechos de cancelación u oposición en el ámbito de internet y de servicios online.

 

No se aplicará y por lo tanto, no se borrarán los datos cuando su tratamiento sea necesario para:

  • ejercer el derecho a la libertad de expresión e información

  • cumplir con una obligación legal, o de una misión o tarea de interés público

  • el interés público en el ámbito de la salud pública

  • un archivo de interés público, fines de investigación científica o histórica, o fines estadísticos siempre que el derecho al olvido impidiera ese fin

  • realizar, ejercer o defender reclamaciones

El responsable del tratamiento, cuando hayas ejercido el derecho al olvido y por lo tanto, a la supresión o borrado de tus datos personales, si los hubiera hecho públicos, estará obligado, a través de medios técnicos razonables, a comunicar e informar a los responsables que estén tratando tus datos, que has solicitado su borrado, para que supriman cualquier enlace, copia o réplica de los mismos.

El responsable del fichero o del tratamiento, estará obligado a bloquear tus datos personales, cuando realices una solicitud de rectificación de los mismos, y podrán ser consultados por Administraciones o Instituciones públicas y por la Agencia  Española de Protección de Datos, para que puedan analizar posibles responsabilidades que hayan podido pasar en el tratamiento de los mismos.

Este bloqueo se producirá cuando:

  • los datos personales ya no fueran necesarios a los fines para lo que se recogieron o tratados de otro modo

  • que los datos personales hayan sido tratados ilícitamente

  • que los datos personales se tengan que suprimirse para cumplir con una obligación legal

La propia Agencia o los órganos competentes en la materia de las Comunidades Autónomas, podrán decidir que no se aplique esta obligación de bloqueo.

 

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