Es importante que conozcas las obligaciones que tienes como empleador al contratar un empleado de hogar. Conoce cómo realizar un contrato de trabajo de empleado de hogar , dar el alta a un trabajador en la Seguridad Social, o cómo y a quién corresponde la cotización en la Seguridad Social.
Cuando contratas un empleado de hogar necesitas cumplir unas obligaciones laborales y Rocket Lawyer te explica cómo hacerlo bien y de manera sencilla.
¿Qué obligaciones existen al contratar a un empleado de hogar?
Contrato de empleado de hogar
Si tienes un empleado de hogar o servicio doméstico que realiza algún trabajo en tu casa necesitas un contrato de trabajo de empleado de hogar.
Afiliación, alta, baja y variaciones en la Seguridad Social para empleados de hogar
En este sistema especial los trámites y procedimientos relativos al alta, variaciones de datos y bajas para empleados de hogar se pueden realizar a través del registro electrónico en la Secretaría de Estado de la Seguridad Social -dirección electrónica https://sede.seg-social.gob.es-, para la recepción y remisión de las solicitudes, escritos y comunicaciones presentadas por vía electrónica. Sin perjuicio del derecho del interesado a presentar sus escritos, solicitudes, comunicaciones y documentos en cualquiera de los registros públicos.
Extinción del contrato
El contrato puede extinguirse por desistimiento libre del empleador si se cumplen los siguientes requisitos: comunicación por escrito, preaviso de 7 días (o de 20 si el contrato ha durado más de un año) y abono simultáneo de una indemnización de 12 días por año de servicio con el límite de 6 mensualidades.
Por otro lado, puedes despedir al empleado de hogar si se da alguna de las siguientes circunstancias:
- Disminución de los ingresos de la unidad familiar o incremento de sus gastos de forma sobrevenida.
- Cambio de las necesidades de la unidad familiar que justifican que los servicios del empleado del hogar ya no sean requeridos.
- Que el comportamiento inadecuado del empleado suponga la pérdida de confianza del empleador.
Si el empleado no está de acuerdo con el despido y un juez lo declara improcedente, deberás abonar una indemnización de 20 días de salario por años de servicio, con el límite de 12 mensualidades.
Si te mudas a una localidad distinta, el contrato se extinguirá (salvo que acordéis lo contrario).