Para que se pueda considerar contrato de trabajo, el trabajador debe estar incluido dentro del ámbito de organización y dirección del empleador, es decir en un sistema de subordinación (lo que se conoce como trabajar por cuenta ajena y bajo la dependencia del empleador).
Los elementos esenciales de una relación laboral son los siguientes:
- la dependencia (el empleador es quien organiza y dirige el trabajo, y el empleado está sometido a una jornada y un horario, si bien se admite cierto grado de autonomía dependiendo de la profesion)
- la ajenidad (los servicios se prestan por el trabajador, pero los frutos de ese trabajo son para el empleador, y es él quien asume los riesgos)
- el carácter personalísimo (no es posible la sustitución del empleado sin consentimiento expreso de la empresa)
- la retribución (constituye un elemento imprescindible que el trabajo se preste a cambio de un salario)
Si se cumplen estas características, la relación se considerará siempre laboral.