La comunidad de bienes existe cuando una cosa o un derecho pertenece a varias personas a la vez, es decir en proindiviso. Y todos los dueños de ese patrimonio o bien común, se llaman comuneros.
Si por ejemplo tienes una vivienda, una finca, un barco o un negocio, puedes constituir y crear una comunidad de bienes, para regular la utilización de ese bien o explotación del negocio en común. También podéis comprar una vivienda o local para desarrollar el negocio, y éste pertenecerá a varias personas, pero no se puede decir cual parte específica corresponde a cada uno, pues la cosa en cuestión pertenece a todos, sin división material de las partes. En este caso, todos sois propietarios del bien. La propiedad se puede tener por partes iguales o distintas (que por ejemplo sería al 50%, 35%, 20%...), y esta participación en la propiedad se llama cuota.
Es una forma más sencilla de formar un negocio y más económica, ya que no tienes que firmar un documento público ante un Notario (escritura de constitución, salvo que se compre un inmueble), no hay que llevar contabilidad, ni libros ni presentar cuentas anuales.
También puedes constituir una comunidad de bienes, para crear una empresa o hacer negocios, y así obtener ganancias o beneficios y dividirlos entre los socios.
Con nuestro contrato de comunidad de bienes, tendrás unos estatutos que te ayudarán a regular el mantenimiento y el aprovechamiento de ese bien en común.