Puede que empujado por la falta de ventas, financiación o factores diversos, te veas en la necesidad de cerrar tu negocio. En este caso puedes intentar traspasarlo y con ello necesitas ceder el contrato de arrendamiento del local en que ejerces tu actividad. De esta manera se ceden los derechos y obligaciones del contrato de arrendamiento a una tercera persona o sociedad, desapareciendo de la relación contractual como antiguo arrendatario, y siendo sustituido por el nuevo.
Cuando en la finca arrendada ejerzas una actividad empresarial o profesional (que es lo habitual en este tipo de arrendamiento), no es preciso que cuentes con el consentimiento del arrendador para la cesión, salvo que así se haya dispuesto en el contrato de arrendamiento que firmaste con él.
Ahora bien, aunque no necesitas tener el consentimiento del arrendador, sí estás obligado a notificar la cesión realizada en un plazo de un mes desde que aquella se haya llevado a cabo. Esta notificación debes hacerla fehacientemente por lo que te recomendamos que lo hagas por burofax con certificado de texto y acuse de recibo. Si realizas la cesión del contrato y no se lo notificas al arrendador éste podría finalizar el contrato por incumplimiento de los derechos y obligaciones de las partes.
Para saber cómo notificar la cesión del contrato consulta nuestra guía legal Cartas y notificaciones en el alquiler.