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Ampliación de capital social

Las aportaciones de los socios a la compañía

El aumento de capital constituye una forma de financiación para las empresas alternativa a la financiación de terceros. Esta modificación supondrá un cambio en los estatutos sociales de la empresa

Acta de junta de socios para la ampliación de capital
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El aumento de capital puede realizarse de dos formas:

  1. Emisión de nuevas participaciones sociales: los nuevos socios pueden adquirir estas acciones o participaciones por un valor nominal igual o distinto a las series que se hayan emitido anteriormente. Esto crea un derecho de asunción preferente para los antiguos socios, que podrán adquirir nuevas acciones o participaciones en un plazo no inferior a un mes desde que se haya publicado la oferta en el Boletín Oficial del Registro Mercantil. Todas las participaciones otorgarán los mismos derechos de voto y participación en los dividendos. 

  2. Incremento del valor nominal de las acciones y participaciones: en este caso el aumento deberá contar con la aprobación unánime de los socios. La aprobación unánime debe figurar en la escritura pública que documenta la ampliación de capital. Estas participaciones deberán pertenecer a una serie distinta a las que se hayan emitido con anterioridad.

El desembolso de las aportaciones ha de realizarse de manera íntegra con anterioridad a la aprobación en la junta de socios o bien con posterioridad a la celebración de la junta, con cargo a:

  1. Aportaciones dinerarias: Consiste en desembolsar un importe en metálico ante notario o bien constituyendo un depósito a nombre de la empresa. En ambos casos deberá emitirse una certificación por el notario de dicho desembolso.

  2. Aportaciones no dinerarias: Son bienes o derechos que pueden consistir en inmuebles, equipos informáticos, acciones, etc, que puedan ser valorados económicamente en base a su precio de mercado, como por ejemplo una nave industrial valorada en 120.000€. 

  3. Reservas: Se pueden usar todas las reservas, incluyendo las reservas por prima de asunción y la reserva legal, sin límite.

  4. Compensación de créditos: Los créditos deberán ser líquidos y exigibles, sea cual sea la fecha de vencimiento.

El aumento de capital se aprobará en junta general de socios convocada por el presidente, a la que deberán acudir todos los socios. La mayoría exigida para el aumento de capital será:

  • Cualificada, si el aumento de capital se realiza mediante la emisión de nuevas participaciones sociales.

  • Por unanimidad, si se realiza mediante el incremento del valor nominal de las participaciones sociales.

Acta de junta de socios para la ampliación de capital
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