En el contrato de obra, habrás fijado el plazo para que el constructor finalice la construcción del edificio, y te entregue la obra terminada.
En ese momento, tienes que comprobar que la obra se ha hecho correctamente y cumpliendo con el contrato. Lo normal, y puesto que son cuestiones técnicas, es que esta comprobación la haga la dirección facultativa, que está formada por el arquitecto director de la obra y en ocasiones también puedes nombrar a un director de ejecución de obra, que suele ser un arquitecto técnico y que ayuda en el control de la obra.
Para recibir las obras que te entrega el constructor, tienes que firmar un acta de fin de obra o recepción de obra, y reflejar si hay vicios o defectos o si no los hay, es decir, el acta será con reservas o sin reservas.
Si no hay defectos, tienes que firmar el acta de recepción sin reservas, que significa que la obra ha sido construida y entregada conforme a lo pactado en el contrato. Y el constructor no será responsable por defectos aparentes, pero seguirá respondiendo y siendo responsable de los vicios ocultos, y de los pequeños defectos de acabado que aparezcan en los materiales y en la construcción. Consulta nuestra guía rápida Seguros y garantías de la construcción.